MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL MUNICIPIO DE ZAIDIN
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 97 del Reglamento de Gestión Urbanística, ha de formar parte del contenido de las Normas Subsidiarias de ámbito municipal una memoria justificativa de sus fines y objetivos, así como de su conveniencia y oportunidad, y de todas y cada una de sus determinaciones, con expresión del resultado del trámite de participación pública en el proceso de elaboración de las Normas.
CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE REDACTAR UNAS NORMAS SUBSIDIARIAS EN EL MUNICIPIO DE ZAIDIN
Zaidín dispone de un Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Huesca en sesión celebrada el día 11 de julio de 1977, tratándose de un Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano que se limita a señalar el perímetro de los terrenos comprendidos en el mismo, considerando el resto como no urbanizable, sin que se contenga reglamentación alguna respecto a las condiciones de la edificación, por lo que se trata de la clase más simple de Proyectos de Delimitación de Suelo Urbano a que se refiere el artículo 102 del Reglamento de Planeamiento.
El Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano vigente se ha mostrado como un instrumento claramente insuficiente para las necesidades del municipio, planteándose desde hace muchos años la necesidad de aprobar unas Normas Subsidiarias. Esta necesidad se plasmó en el encargo al equipo Medem de la redacción de unas Normas Subsidiarias, sin que finalmente el proyecto redactado por este equipo fuera objeto de aprobación, por lo que en el año 1992 el Ayuntamiento de Zaidín volvió a contratar la redacción de las Normas Subsidiarias.
La problemática específica del municipio justifican plenamente la redacción de unas Normas Subsidiarias de Planeamiento, pudiendo citarse, como problemas más importantes los siguientes:
- Graves problemas respecto a la definición de las alineaciones del sistema viario
- La inexistencia de suelo susceptible de ser urbanizado para su posterior edificación, agravado con la ausencia de un mercado del suelo urbano, ya que se detecta que los propietarios de solares no se encuentran dispuestos a la venta de sus terrenos, pudiendo incidir negativamente en el crecimiento poblacional, que viene descendiendo paulatinamente en los últimos años.
- El anárquico crecimiento urbano del municipio, siendo significativo que la zona actualmente mejor ordenada coincida con la zona del casco antiguo.
- La conveniencia de regular alturas, profundidades edificables, parcelas mínimas y otros aspectos hasta ahora no regulados, pero que se consideran imprescindibles para la correcta ordenación de la edificación.
- La inexistencia de terrenos calificados como de uso industrial, lo que provoca casos de industrias que se asientan en el suelo no urbanizable, con la necesidad de su previa declaración como de interés social.
- La necesidad de contar con una ordenación propia para la resolución de determinadas situaciones que con la aplicación de las Normas Subsidiarias de ámbito provincial, no se resuelven correctamente.
- La importancia de regular todo el suelo no urbanizable, por el interés que el mismo tiene en un municipio que basa prácticamente toda su economía en el sector agrícola y ganadero.
Además de lo expuesto anteriormente, hay que tener en cuenta que las mismas Normas Subsidiarias y Complementarias de ámbito provincial de Huesca, en su artículo 4.3, aconsejan la redacción de unas Normas Subsidiarias en los municipios que cuenten con más de 1.000 habitantes, siendo que Zaidín cuenta con 1.698 habitantes, según renovación del Padrón Municipal de Habitantes a fecha 1 de mayo de 1996.
Otro factor que aconseja la redacción de Normas Subsidiarias es el criterio de la Dirección General de Urbanismo de la Diputación General de Aragón, que viene concediendo subvenciones al Ayuntamiento de Zaidín para la redacción de Normas Subsidiarias.
También desde la Comisión de Ordenación del Territorio de Huesca, mediante acuerdos adoptados en distintas sesiones, se viene requiriendo al Ayuntamiento de Zaidín para que proceda a la aprobación de unas Normas Subsidiarias.
Todo ello motiva la conveniencia y oportunidad de las Normas Subsidiarias del municipio de Zaidín, que debe considerarse que tendrían que haberse formulado anteriormente con la finalidad de evitar situaciones edificatorias que hoy ya no pueden solucionarse más que a largo plazo.
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Hasta la fecha, se han iniciado cuatro modificaciones puntuales del Plan General de Ordenación Urbana, información de las cuales será incorporada en breve en esta página.
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